Hantavirus: las razones en las que se apoya Sanidad para imponer la cuarentena obligatoria a los españoles del crucero

El Ministerio sostiene que la legislación sanitaria permite imponer aislamientos obligatorios por razones de salud pública, aunque prioriza la colaboración voluntaria de los pasajeros del MV Hondius

La polémica sobre si la cuarentena de los españoles que lleguen del barco con el brote de hantavirus será voluntaria u obligatoria ha llevado al Ministerio de Sanidad a aglutinar el marco legal que permite al Estado adoptar medidas de aislamiento si existe riesgo para la salud pública.

En un documento sobre la gestión de los pasajeros, Sanidad sostiene que España dispone de «un amplio marco normativo» para actuar ante posibles riesgos derivados de un buque internacional con personas afectadas o potencialmente afectadas por un virus que entra por frontera. El texto cita como base la Ley Orgánica 3/1986, la Ley General de Sanidad de 1986 y la Ley General de Salud Pública de 2011.

Preferencia por la colaboración voluntaria, pero con margen legal

El documento introduce un matiz clave en la controversia: las autoridades deben dar preferencia a la colaboración voluntaria de los ciudadanos, pero eso no impide adoptar medidas obligatorias cuando existan razones de urgencia o necesidad sanitaria. Según Sanidad, la Ley Orgánica 3/1986 permite medidas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando haya indicios racionales de peligro para la población.

Sanidad también defiende que, al tratarse de un riesgo vinculado al tráfico internacional de viajeros, la actuación corresponde al Estado en materia de sanidad exterior. En ese marco, el Gobierno podría acordar medidas preventivas, incluida la cuarentena de personas infectadas o expuestas.

La cuarentena obligatoria exigiría proporcionalidad y control judicial

El Ministerio subraya, no obstante, que cualquier restricción de derechos fundamentales debe cumplir el principio de proporcionalidad: estar motivada, mantenerse solo el tiempo imprescindible y ser la opción menos lesiva posible para los derechos afectados.

Además, una cuarentena obligatoria quedaría sujeta a autorización o ratificación judicial, conforme al artículo 8.6 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sanidad recuerda que los tribunales han avalado cuarentenas incluso sin audiencia previa de los afectados, siempre que respondan a protocolos sanitarios y a un riesgo justificado.

Así, el documento deja claro que el Gobierno confía en la colaboración de los pasajeros, pero sostiene que tiene instrumentos legales para imponer el aislamiento si fuera necesario para proteger la salud pública.


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