La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) considera que el nuevo sistema de jubilación anticipada por coeficientes reductores aprobado por el Gobierno dificulta el acceso a este derecho al personal dependiente del sector público. La nueva regulación para acceder a la jubilación a una edad más temprana por coeficientes reductores dificultará la jubilación anticipada en las administraciones e impide participar a CSIF en la defensa de los trabajadores.
Este Real Decreto regula el procedimiento para su tramitación conforme a la modificación operada por la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones. Esta medida es fruto del acuerdo alcanzado por el Gobierno y los sindicatos CCOO y UGT en junio de 2021. En dicho acuerdo, además de esta medida de «dudosa efectividad» en las Administraciones Públicas, también se pactó penalizar gravemente las jubilaciones voluntarias con una minoración de la cuantía de la pensión que oscila entre un 13% y un 21%.
Según CSIF, se da la circunstancia de que, en el caso de los empleados públicos, únicamente podrán iniciar el procedimiento CCOO y UGT junto a las administraciones públicas, lo que restringe la participación de organizaciones como CSIF, pese a ser el sindicato más representativo en este ámbito.
Además, el hecho de que el adelanto de la jubilación dependa también del informe de la propia administración —juez y parte, ya que actúa como contratadora y responsable de la pensión a efectos de la Seguridad Social— dificultará aún más el ejercicio de este derecho. En el ámbito privado, por el contrario, CSIF explica que se presupone un «mayor aliciente para la empresa a promover la jubilación anticipada«, ya que se le abre la oportunidad de renovar su plantilla, facilitando así el acceso a la jubilación del personal más antiguo.
Por tanto, desde CSIF exigen que se tramite de inmediato el acceso a la jubilación anticipada por coeficientes reductores en la sanidad pública, «teniendo en cuenta las características profesionales de determinados colectivos que realizan trabajos de especial penosidad«, con efectos sobre la salud y la exposición a riesgos biológicos o químicos asociados al lugar de trabajo. Además, señalan que se debe considerar la actividad laboral del personal sanitario, que conlleva exigencias físicas o psíquicas que incrementan notablemente la siniestralidad a partir de una determinada edad.