Este jueves fue el último día para que las diferentes organizaciones presentaron sus alegaciones en el Ministerio de Sanidad en contra del anteproyecto de la Ley de los Medicamentos y los Productos Sanitarios. Entre estas organizaciones está el Consejo General de Médicos (CGCOM) que al igual que la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (Amyts) o el Sindicato de Médicos y Facultativos de Madrid (SIME) han centrado sus alegaciones en contra de la medida que permite la prescripción médica a los profesionales de la enfermería y fisioterapeutas.
Desde que el Consejo de Ministros aprobó este anteproyecto de ley, diversas organizaciones médicas han alzado la voz en contra de uno de sus apartados. El CGCOM ha hecho público un documento de 78 páginas con sus alegaciones en el que afirma que el Código de Deontología Médica (artículo 4.3) establece que: «La principal lealtad del médico es la que debe a su paciente, y la salud de éste debe anteponerse a cualquier otra conveniencia». Por tanto, aseguran que «las aportaciones recogidas en este documento no responden a intereses corporativistas».
«La principal lealtad del médico es la que debe a su paciente, y la salud de éste debe anteponerse a cualquier otra conveniencia»
Asimismo, aseguran que esta ley debería centrarse en los medicamentos y productos sanitarios, y no en la regulación de la prescripción médica. En este sentido, el CGCOM advierte que el anteproyecto introduce modificaciones «cruciales» en las competencias de las distintas profesiones sanitarias, alejándose de los objetivos inicialmente planteados. «Estas modificaciones —que, insistimos, son de carácter crucial— no solo no contribuirían a mejorar el bienestar de los pacientes, sino que podrían poner en riesgo su seguridad clínica», incide la organización.
Por otro lado, el CGCOM explica que la prescripción de medicamentos es la culminación de un proceso clínico que incluye la evaluación médica y la elaboración de un diagnóstico y plan terapéutico personalizado. «No se trata de un acto administrativo, sino de una decisión médica clave en el marco de una medicina cada vez más individualizada», afirman. Sin embargo, aseguran que la Ley de los Medicamentos modifica «sustancialmente» esta práctica, generando «confusión» sobre las funciones de los distintos profesionales sanitarios —quién prescribe, dispensa, indica o autoriza— y «diluyendo la responsabilidad en la toma de decisiones clínicas».
«Notable indefinición»
El CGCOM explica que, además, este texto del Ministerio de Sanidad presenta una «notable indefinición» en cuanto a los límites y el alcance de las competencias de cada uno de los profesionales sanitarios. «Esta falta de concreción podría derivar, inevitablemente, en conflictos sobre la dirección clínica y sobre quién debe asumir la responsabilidad en la toma de decisiones relacionadas con la prescripción», asegura la organización médica.
Entre otros aspectos incluidos en sus alegaciones, El CGCOM ha llevado a cabo un análisis detallado de varios artículos del anteproyecto de ley y propone la modificación y/o eliminación, junto con una justificación muy detallada, de determinadas medidas contempladas en la actual Ley de Medicamentos, al considerar que no se ajustan a la práctica clínica ni a las necesidades reales del sistema sanitario. Además, justifica la necesidad de revisar varios artículos para incorporar definiciones acordes con la realidad científica actual.
«Esta falta de concreción podría derivar, inevitablemente, en conflictos sobre la dirección clínica»
Entre estas medidas, destaca el ‘Artículo 19. Condiciones de Prescripción y Dispensación de Medicamentos‘, que según la organización «la prescripción es un acto clínico complejo que implica diagnóstico, indicación, evaluación de la respuesta, seguimiento y ajuste terapéutico, y conlleva un alto grado de responsabilidad». Señalan que la ampliación del número de perfiles profesionales con capacidad de prescripción no puede llevarse a cabo «a la ligera» mediante una redacción «genérica», sino que requiere un análisis «riguroso» de su impacto clínico, legal y organizativo, dadas sus implicaciones en la salud de las personas y en consonancia con las competencias profesionales adquiridas durante la formación necesaria para la obtención del título habilitante para el ejercicio profesional.
Además, también modifican el ‘Artículo 4. Garantías de Independencia, Transparencia y Conflicto de Intereses‘, que según el CGCOM es «necesario un cambio en la redacción del artículo», ya que la organización ha observado que el anteproyecto tiene una tendencia a la redacción «simplificada y ambigua» en la que se confunden los conceptos de prescripción, con los de indicación uso y autorización de medicamentos y productos sanitarios e, incluso, con el de dispensación. «No es una cuestión baladí», aseguran.
Nuevo artículo para Atención Primaria
Entre sus alegaciones, han incluido una propuesta para el anteproyecto: un nuevo ‘Artículo 91. Prescripción e Indicación de Medicamentos y Productos Sanitarios en Atención Primaria‘. El CGCOM señala que Sanidad incorpora un nuevo artículo previo al artículo 91 del anteproyecto. «El uso racional de los medicamentos no debe limitarse a mencionar el papel de las unidades o servicios de farmacia sin perjuicio de la responsabilidad que todos los profesionales sanitarios tienen en el uso racional», aseguran.
Por el contrario, explican que el primer artículo debería centrarse en las responsabilidades del prescriptor, como máximo responsable del uso adecuado o racional de los medicamentos. Solo después de establecer este principio, deberían desarrollarse las estructuras y herramientas de soporte
La organización médica también sugiere cambios en diferentes apartados relacionados con la parte farmacéutica, como el ‘Artículo 92. Consejos de Coordinación Farmacoterapéuticos‘ o el «Artículo 94. Farmacia Hospitalaria’.
Amyts coincide en la prescripción médica
Al igual que el CGCOM, hay varias organizaciones médicas que han presentado sus alegaciones en contra de la Ley de los Medicamentos. En el caso del sindicato madrileño Amyts, sus propuestas han girado en torno a la prescripción médica: «La norma amplía de forma indebida la capacidad de prescripción médica a diversas profesiones sanitarias sin establecer restricciones claras, lo que contradice las competencias definidas en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS)».
Desde Amyts solicitan al ministerio la eliminación de esta opción y subrayan que la prescripción médica no puede entenderse como un acto aislado, sino como la consecuencia de una evaluación clínica integral del paciente, que requiere una formación específica y profunda. Además, advierten de que prescribir medicamentos implica un conocimiento sólido en áreas como farmacología, fisiología, diagnóstico, pronóstico y manejo de efectos adversos e interacciones. «Permitir la prescripción a profesionales sin la formación adecuada puede comprometer seriamente la seguridad y salud de los pacientes, incrementando el riesgo de errores terapéuticos, duplicidades o interacciones no previstas», señalan.
Por su parte, SIME coincide con ambas organizaciones y considera que es clave «preservar la prescripción médica como una competencia específica y exclusiva del personal médico». Asimismo, el sindicato plantea que cualquier futura habilitación para la prescripción no médica debe estar sujeta a un desarrollo normativo «específico» que defina claramente los requisitos formativos, los protocolos de actuación y los límites competenciales, a fin de evitar ambigüedades e inseguridad jurídica.
«Es clave preservar la prescripción médica como una competencia específica y exclusiva del personal médico»
Asimismo, entre las organizaciones médicas que también han presentado sus alegaciones a Sanidad, está la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC) que ha subrayado que la prescripción de medicamentos constituye un acto clínico «complejo», que implica no solo el diagnóstico, sino también la indicación, el seguimiento y el ajuste del tratamiento. Por ello, semFYC considera que este proceso conlleva una responsabilidad directa e indelegable del profesional que lo ejerce. En este marco, la organización defiende que el texto final del anteproyecto de Ley de Medicamentos debe ratificar y preservar el liderazgo clínico de los médicos especialistas en materia de prescripción.
El Foro de la Profesión Médica –integrado por el CGCOM, la Conferencia Nacional de Decanos de Facultades de Medicina, el Consejo Nacional de Especialistas en Ciencias de la Salud, la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), la Federación de Asociaciones Científico Médicas Españolas (FACME) y el Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina–, coinciden con estas organizaciones y critica que la prescripción enfermera supone «un impacto perjudicial en la seguridad clínica de los pacientes en nuestro país».
Al igual que la Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (SEMERGEN) que «rechazan cualquier medida que otorgue a otros profesionales, como enfermeros o fisioterapeutas, la potestad de prescribir medicamentos». Consideran que «puede comprometer la seguridad del paciente y desdibujar el actual modelo asistencial».
CODEM a favor de la prescripción enfermera
Por su parte, desde el Colegio General de Enfermería (CGE) están a favor de esta nueva normativa que aseguran que «será beneficiosa para todo el sistema sanitario«. Con este nuevo redactado propuesto por Sanidad, el CGE asegura que las enfermeras «por fin» se encuadran al mismo nivel que médicos, odontólogos y podólogos como «profesionales con facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica».
Aunque eso no quita que organizaciones como el Colegio Oficial de Enfermería de Madrid (CODEM) hayan presentado sus alegaciones a Sanidad. En su análisis, el CODEM valora positivamente el avance técnico que supone el artículo 86 del anteproyecto, al reconocer de forma explícita y clara la capacidad de prescripción que las enfermeras ya tienen legalmente atribuida desde hace más de una década.
No obstante, advierten de la imprecisión en la redacción y el uso de una terminología que podría generar confusión e inseguridad jurídica. En particular, señalan que el uso reiterado de expresiones como «prescripción médica» o «facultativo médico» no refleja adecuadamente la realidad normativa actual ni la pluralidad de profesionales con competencia prescriptora reconocida.
Por ello, el Colegio propone la sustitución de estos términos por otros más inclusivos y técnicamente precisos, como «prescripción sanitaria» o «diagnóstico clínico», en línea con las Directrices de Técnica Normativa que exigen claridad, coherencia y uniformidad en la redacción legal.