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La certificación y acreditación colegial, imprescindible para evitar el intrusismo

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UE/ La OMC reclama autoridad para estas organizaciones en la directiva de cualificaciones

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El carné europeo de médico sería la llave de acceso “universal, segura y fiable”
| 2011-09-23T16:53:00+02:00 h |

REDACCIÓN

Madrid

El desarrollo de una tarjeta europea del profesional sanitario como garantía de la adecuada titulación para ejercer en la UE, así como la intervención del colegio profesional a la hora de conceder el certificado de firma electrónica que le acreditará como médico es imprescindible para la Organización Médica Colegial (OMC), ya que la comunicación de sanciones es un tema clave para la profesión por las consecuencias que tiene para la seguridad del paciente y la salud pública.

Permitir esta posibilidad conduciría “de forma inexorable”, según esta entidad, al incremento del fraude en forma de intrusismo y a una “pérdida del control” que acabaría afectando al paciente. Esta es una de las mayores preocupaciones de esta entidad y así lo ha recogido en las aportaciones que ha presentado al Libro Verde que modernizará la directiva de cualificaciones profesionales, entre las que también destacan la necesidad de reconocer a las organizaciones profesionales como autoridades competentes dándoles acceso al Sistema de Información del Mercado Interior (IMI) para no quedar excluidas de los procesos de reconocimiento y hacerlas partícipes de las funciones de acreditación, control de la buena praxis y recertificación profesional. Así, el carné de médico colegiado —con certificado digital y firma electrónica— se perfila como una llave de acceso “universal, segura y fiable” a los servicios sanitarios, garantizando, según la OMC, la identificación profesional no sólo de las especialidades del portador sino de sus competencias en función de un mapa de conocimientos y experiencia en base a la carrera profesional. La competencia lingüística también es “crucial” para facilitar la integración del médico en otro país y garantizar la calidad de los servicios prestados, por lo que esta organización reclama la acreditación previa del conocimiento del idioma. Además, respecto a la homologación de títulos de terceros países creen que no se debe comprobar sólo la equivalencia documental sino verificar que dicha formación ha comportado la adquisición de competencias antes de su contratación.