El Ministerio de Sanidad ha hecho público el resumen del nuevo borrador del Estatuto Marco, documento que fue entregado hace varias semanas a las diferentes organizaciones sindicales que están dentro del Ámbito de Negociación. Este nuevo documento comienza con una introducción donde se reitera lo que Sanidad ha repetido en multitud de ocasiones: «El objetivo del Ministerio es modificar, modernizar y actualizar el Estatuto de este personal de forma armónica con los otros textos normativos de la función pública española, con la finalidad de reforzar su papel como empleados públicos y modernizar el ámbito de trabajo de los profesionales sanitarios».
Asimismo, explica que estas modificaciones responden a un compromiso adquirido con las instituciones europeas y a la necesidad de actualizar un marco normativo que Sanidad considera ya «obsoleto«. El Estatuto Marco vigente, aprobado en 2003, no refleja adecuadamente las particularidades del ejercicio de las profesiones sanitarias ni las demandas actuales de los servicios asistenciales. Por ello, el Ministerio considera «prioritario» adaptar la normativa a las realidades organizativas y funcionales del Sistema Nacional de Salud.
Entre las novedades que incluye el nuevo borrador del Estatuto Marco destaca la promoción de la movilidad del personal fijo entre centros mediante concursos de traslados abiertos, permanentes y con una periodicidad anual. Esta medida busca dinamizar la carrera profesional dentro del SNS y facilitar una mejor redistribución de recursos humanos.
«Estatuto propio llevaría a fragmentar un
sistema que cada vez demanda más cohesión, más multiprofesionalidad y más trabajo en equipo»
Tal como adelantó la ministra de Sanidad, Mónica García, y confirmaron los sindicatos médicos, el nuevo texto incorpora por primera vez un capítulo específico dedicado al personal médico, ya que consideran que hacer un Estatuto propio para los médicos «llevaría a fragmentar un sistema que cada vez demanda más cohesión, más multiprofesionalidad y más trabajo en equipo».
En relación con la reclasificación profesional, el Ministerio de Sanidad ha optado por modernizar la clasificación del personal sanitario, adaptándola al Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente (MECU). Esta actualización tendrá efectos administrativos, especialmente en lo relativo al trabajo en equipo y a las relaciones interprofesionales, conforme a lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS).
Otra de las medidas es que todo el personal estatutario pasará a ser considerado Autoridad pública frente a agresiones laborales, con todas las atribuciones legales que ello conlleva. Asimismo, se reconoce de forma específica la figura de la jubilación activa.
El texto también refuerza los espacios de diálogo social: se mantienen las mesas de negociación del ámbito sanitario con la participación de los sindicatos más representativos, tal como establece la ley. No obstante, se introduce una nueva vía de participación profesional, de carácter consultivo y no vinculante, a través del Foro Profesional previsto en el artículo 47 de la LOPS. Este órgano deberá estar presente en cada comunidad autónoma e incluirá a representantes de médicos, enfermeras y farmacéuticos.
Jornada laboral y descansos
En cuanto a la jornada laboral y los descansos, el nuevo borrador establece únicamente dos tipos: jornada ordinaria y jornada de guardia. Además, se clarifican las modalidades de prestación de la asistencia sanitaria, que podrán organizarse por turnos o mediante la alternancia entre jornada ordinaria y de guardia, otorgando a los servicios de salud y a los propios centros la capacidad de decidir según sus necesidades y recursos.
De manera específica, se regula la jornada de guardia del personal médico para actividades urgentes o de atención continuada. Como novedad destacada, se limita esta jornada a un máximo de 17 horas, y la suma de jornada ordinaria y de guardia de forma continuada no podrá superar tampoco ese umbral.
El borrador también amplía los supuestos de exención de la actividad de guardia, introduce el principio de voluntariedad y exige informes de salud laboral para ampliar los horarios. Asimismo, el límite máximo de jornada semanal para quienes realizan guardias se reduce de las 48 horas establecidas en la normativa europea a 45 horas.
se introduce el concepto de «carga laboral excesiva» con el objetivo de evitar una planificación inadecuada de las jornadas de guardia y proteger la salud de los profesionales
Entre otras medidas relevantes en materia laboral, el nuevo borrador contempla la exención de turnos de noche para el personal que trabaje a turnos y tenga más de 55 años, en reconocimiento a las condiciones específicas de este colectivo. Además, se reconoce como tiempo de trabajo efectivo el dedicado a actividades de gestión, docencia, investigación y tutoría, siempre que estas sean requeridas por los servicios de salud.
Sanidad también introduce el concepto de «carga laboral excesiva» con el objetivo de evitar una planificación inadecuada de las jornadas de guardia y proteger la salud de los profesionales. Por último, se definen y regulan tanto los periodos de localización como el régimen de teletrabajo, avanzando en la flexibilización y adaptación del entorno laboral sanitario
El nuevo Estatuto Marco también incorpora la categoría de personal estatutario investigador, con el objetivo de fomentar una estructura de investigación «estable» dentro de los centros sanitarios. «Esta medida busca ofrecer un marco profesional claro y definido tanto para los investigadores como para los profesionales asistenciales que compatibilizan su labor clínica con actividades de investigación», afirman en el documento.
Competencias de las CCAA
Además, en este nuevo borrador del Estatuto Marco, Sanidad ha querido insistir en que, aunque este documento es el marco normativo básico que regula las condiciones laborales del personal estatutario del Sistema Nacional de Salud, «la gestión directa de los servicios sanitarios corresponde a las comunidades autónomas«, que son las responsables de desarrollar esta normativa básica en aspectos clave como las retribuciones —determinando, por ejemplo, las cuantías de los complementos o el precio de las guardias— y otras condiciones laborales específicas.
«Es importante tener presente que una parte sustancial de la regulación del personal estatutario se define a través de la legislación propia de cada comunidad autónoma, en el ejercicio de sus competencias. Así, mientras que el Estatuto Marco fija los límites y proporciona un marco común, son las CCAA quienes lo concretan y aplican en la práctica, adaptándolo a sus necesidades y gestionando los recursos humanos del sistema sanitario público», explica Sanidad en el borrador.
Un ejemplo es la jubilación, que señalan que esta materia no se puede regular en el Estatuto Marco porque afecta al sistema de Seguridad Social, que tiene una «normativa propia«. No obstante, afirman que «dado que son conscientes de su importancia, el borrador plantea que el Ministerio de Sanidad, junto con el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, realicen un estudio sobre la viabilidad de la jubilación parcial y anticipada en los servicios de salud».