SABER MÁS DE RESPONSABILIDAD CIVIL
La sentencia versa sobre una demanda presentada por los familiares de un paciente fallecido, ellos alegaban que su muerte fue consecuencia de un retraso diagnóstico de un cáncer renal. Los demandantes reclamaban a un servicio de salud pública una incorrecta toma de medidas que fuesen necesarias para detectar el cáncer renal en una fase que pudiera haber recibido un tratamiento potencialmente exitoso. En dicha demanda se presentó un informe pericial que indicaba que los síntomas que el paciente mostraba debieron ser indicativo para llevar a cabo pruebas adicionales que pudieran descartar un posible cáncer.
Alegaban llevar a cabo pruebas tales como un TAC renal que permitiera identificar alguna masa tumoral de forma precoz. El informe incidía en la aparición de células atípicas en una citología de orina que se realizó anteriormente, recogiendo además otros factores de riesgo que requirieran un seguimiento más exhaustivo, además de pruebas diagnosticas más sofisticadas que permitieran descartar de una manera más concluyente el cáncer.
El recurso se centra en una posible responsabilidad patrimonial del servicio de salud por una presunta pérdida de oportunidad en el tratamiento del paciente. De acuerdo con la parte demandante, la omisión de pruebas adicionales representó una falta en el deber de cuidado, ya que el cáncer solo fue diagnosticado en una etapa avanzada, cuando ya se había extendido a otros órganos, lo que limitaba las opciones terapéuticas y aumentaba el deterioro de la salud del paciente hasta su fallecimiento.
Por otro lado, la defensa del servicio de salud pública se opone a la demanda y sostiene que se siguieron todos los procedimientos adecuados, respetando la Lex Artis médica (es decir, los estándares y prácticas reconocidos en la profesión médica) y sin incurrir en negligencia. En su argumentación, el servicio de salud y la aseguradora del hospital destacan que el paciente, diagnosticado con insuficiencia renal crónica desde hacía años, fue sometido a un seguimiento médico adecuado que incluyó hospitalizaciones y diversos estudios de imagen, como ecografías, que no mostraron signos de malignidad en ese momento. Además, el informe de los especialistas médicos destaca que, dado el estado de insuficiencia renal avanzada del paciente, el uso de un TAC con contraste, una prueba útil para identificar el cáncer renal estaba contraindicado debido a los riesgos que representaba para sus riñones.
La defensa argumenta también que la sintomatología presentada por el paciente, como la disnea, fatiga y otros síntomas asociados, era coherente con su condición de insuficiencia renal crónica, lo cual explica que la interpretación médica de estos síntomas no requiriera pruebas adicionales para buscar indicios de malignidad. Los expertos de la defensa sostienen que la dificultad para detectar el cáncer renal en fases tempranas es común en pacientes con patologías complejas, y que el procedimiento médico aplicado en este caso se ajustó a los estándares de atención recomendados en la literatura médica y en guías de oncología que consideran la ecografía como una prueba de imagen inicial adecuada.
Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia concluye que no se produjo mala praxis ni una pérdida de oportunidad diagnóstica o terapéutica atribuible a la administración pública de salud. La sentencia argumenta que el paciente recibió la atención médica conforme a los estándares de la Lex Artis, de acuerdo con los conocimientos y protocolos médicos vigentes. Además, señala que, en casos como este, la medicina no es una ciencia exacta y que la atención sanitaria se basa en una "obligación de medios" más que en una "obligación de resultados". Esto significa que, aunque la medicina debe proporcionar todos los recursos disponibles, no puede garantizar una curación en todos los casos.
La sentencia señala que el diagnóstico tardío del cáncer renal no puede considerarse responsabilidad del servicio de salud, ya que el curso de acción que se tomó se basó en la información clínica disponible en su momento, sin indicios concluyentes que justificaran una intervención diagnóstica más invasiva, como el TAC renal. Asimismo, considera que los síntomas de anemia, pérdida de peso y tos persistente del paciente, aunque potencialmente atribuibles a un cáncer renal, también eran característicos de su enfermedad renal crónica y de insuficiencia cardíaca, lo que justifica el tratamiento y enfoque clínico seguidos.
El tribunal desestima el recurso al no quedar probada la existencia de una negligencia o pérdida de oportunidad que hubiera alterado significativamente el curso de la enfermedad. A pesar de ello reconocen la complejidad de este tipo de casos y la dificultad para establecer una causalidad directa, la sentencia afirma que el servicio de salud actuó conforme a los estándares médicos, y, por lo tanto, no tiene obligación de indemnizar a los familiares. La decisión exime a la administración de las costas del juicio, dada la naturaleza compleja y controvertida de los hechos.
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