El Ministerio de Sanidad ha sacado a Audiencia Pública hoy el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Médica Colegial y los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España. La iniciativa busca actualizar el marco estatutario que regula la profesión médica organizada en España.
Según la documentación sometida a trámite, el nuevo texto unifica en una sola norma dos regulaciones que hasta ahora estaban separadas. En concreto, sustituye el Real Decreto 1018/1980 y el Real Decreto 300/2016, que actualmente estructuran la OMC y el CGCOM por vías distintas.
Plazo de aportaciones y requisitos de envío
La fecha de finalización para el envío de aportaciones es el 28 de enero de 2026. El buzón habilitado para remitir observaciones es informacion_publica@sanidad.gob.es, según las instrucciones publicadas en la web del Ministerio de Sanidad.
Sanidad solicita que el asunto de remisión se formule del siguiente modo: DG/86/25 APORTACIONES + NOMBRE DE LA ENTIDAD O PERSONA. Además, advierte de que solo serán consideradas las aportaciones en las que el remitente esté identificado y que se reciban dentro del plazo indicado.
El texto sometido a audiencia se presenta como una norma de carácter organizativo, sin impacto significativo en la actividad económica. Por ello, la memoria justificativa explica que se prescindió del trámite de consulta pública previa previsto en la Ley 50/1997.
Qué cambia el proyecto: unificación normativa y actualización legal
El proyecto parte de una constatación: los estatutos vigentes proceden de marcos normativos antiguos y dispersos. Los Estatutos de la OMC se han mantenido sin cambios relevantes desde 1980, mientras el Consejo General ha tenido reformas parciales posteriores.
La propuesta busca reunificar y modernizar esa regulación, adaptándola a reformas legales clave en colegios profesionales y servicios. El preámbulo y la memoria citan expresamente la incorporación de la Directiva de Servicios y su impacto en la Ley 2/1974, así como la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015.
También se integra la exigencia de adecuación a la Ley Orgánica 2/2024, que refuerza la representación paritaria y la presencia equilibrada de mujeres y hombres. La memoria de impacto considera que esa actualización puede implicar un efecto positivo en materia de género.
Los objetivos que declara el propio proyecto
En la Memoria del Análisis de Impacto Normativo se expone que el objetivo principal del real decreto es modernizar el marco jurídico tanto del Consejo General como de la Organización Médica Colegial, integrando en un solo texto los estatutos de ambas instituciones. El documento precisa que la actualización se fundamenta en la necesidad de adaptar el régimen estatutario a los cambios introducidos en la Ley 2/1974 por las reformas vinculadas a la libre prestación de servicios.
La misma memoria sostiene que el proyecto busca reforzar la coherencia normativa incorporando las exigencias que han ido consolidándose en la regulación de los colegios profesionales, especialmente en materia de funcionamiento corporativo, regulación del ejercicio profesional y encaje con el marco administrativo actual. En ese sentido, el texto recoge la obligación de alinear el funcionamiento colegial con las reglas básicas de procedimiento y régimen jurídico del sector público establecidas en las leyes 39/2015 y 40/2015.
Además, la MAIN incluye que la reforma se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo sobre estatutos generales de organizaciones colegiales de estructura compleja. Con ello, el proyecto plantea una reorganización formal del marco estatutario con el propósito de dotar de mayor seguridad jurídica a la regulación y evitar la fragmentación normativa que se derivaba de mantener dos reales decretos separados.
Impacto del RD según la MAIN: economía, presupuestos, cargas y género
En el apartado de impactos, la memoria concluye que el proyecto no tendrá impacto económico y no introduce efectos relevantes sobre la competencia. También afirma que el real decreto no tiene incidencia presupuestaria, ni genera consecuencias financieras para el Estado, las comunidades autónomas o las entidades locales.
El documento añade que la norma no genera cargas administrativas adicionales para ciudadanos o empresas, y descarta impacto sobre administración digital. En la misma línea, sostiene que se trata de una actualización de carácter organizativo, lo que explica que se prescindiera del trámite de consulta pública previa.
Sobre el impacto en igualdad, la memoria señala que el real decreto no introduce medidas diferenciadas por sexo, pero incluye una mención específica a que la adaptación a la Ley Orgánica 2/2024 de representación paritaria podría implicar un efecto positivo en materia de género. En cambio, no aprecia impacto en infancia, adolescencia o familia, ni en cambio climático.
Qué regulan los nuevos Estatutos: fines, colegiación y disciplina
El texto incluye 78 artículos distribuidos en tres títulos, con disposiciones generales, regulación de los Colegios Oficiales de Médicos y régimen del Consejo General. Entre los fines esenciales de los colegios se incorpora de forma explícita la protección de los intereses de pacientes y usuarios, junto a la defensa de la deontología profesional.
En materia de colegiación, el proyecto reafirma su carácter obligatorio para ejercer la medicina y desarrolla el principio de colegiación única. Esto significa que la incorporación al colegio del domicilio profesional principal habilita para ejercer en todo el territorio nacional, con mecanismos de cooperación entre corporaciones.
El articulado también refuerza el régimen disciplinario y enumera infracciones y sanciones, incluyendo multas y suspensiones del ejercicio profesional. Entre las conductas tipificadas se recogen la violación dolosa del secreto profesional o la desatención intencionada de pacientes como infracciones muy graves.